Víctima de Delito Calificado (Visa U)

The U visa offers immigration protection to noncitizen victims of serious crimes who assist U.S. law enforcement, providing temporary legal status, work authorization, and a path to permanent residence.

Visa U para Víctimas de Delitos Calificados

La visa U es una forma de alivio migratorio para personas no ciudadanas que han sido víctimas de ciertos delitos graves en EE.UU. y que estén dispuestas a colaborar con las autoridades en la investigación o enjuiciamiento de esos delitos. Creada bajo la Ley de Protección de Víctimas de la Trata y la Violencia, la visa U protege a los sobrevivientes de abuso y los alienta a cooperar con las autoridades sin temor a la deportación.

La visa U otorga estatus legal temporal, autorización de trabajo y un camino potencial hacia la residencia permanente para las víctimas que califican. Ciertos familiares también pueden ser elegibles para obtener el estatus derivado de la visa U.

¿Quién Califica para una Visa U?

Para ser elegible para una visa U, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • El solicitante debe haber sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado de ser víctima de un delito calificado.

  • El delito debe haber ocurrido en EE.UU. o haber violado leyes estadounidenses.

  • El solicitante debe poseer información creíble y útil sobre la actividad delictiva.

  • El solicitante debe estar dispuesto a ayudar o haber ayudado a las autoridades en la investigación o enjuiciamiento del delito.

  • Si es menor de 16 años o incapaz de colaborar, un padre, tutor o representante puede proporcionar la información en su nombre.

  • El solicitante debe ser admisible en EE.UU. o obtener un perdón de inadmisibilidad.

Los delitos calificados incluyen, entre otros: violencia doméstica, agresión sexual, secuestro, trata de personas, tortura, obstrucción de la justicia, extorsión y agresión con agravantes.

Beneficios y Duración de la Visa U

Los titulares de visa U reciben:

  • Estatus legal temporal por hasta cuatro años

  • Autorización de trabajo durante su estadía

  • La posibilidad de extender su estadía bajo ciertas condiciones

  • La oportunidad de solicitar la residencia permanente (Green Card) después de tres años de presencia física continua en EE.UU., siempre que hayan cumplido con todos los requisitos de colaboración con las autoridades

Tras obtener la residencia permanente legal, un titular de visa U eventualmente puede solicitar la ciudadanía estadounidense si cumple con los requisitos de elegibilidad.

Solicitud de la Visa U

Los solicitantes deben presentar el Formulario I-918, Petición para Estatus de No Inmigrante U, junto con documentación de respaldo que incluya:

  • Prueba del delito calificado y del daño resultante

  • Un Formulario I-918, Suplemento B, firmado por una agencia de la ley certificando la colaboración del solicitante en la investigación o enjuiciamiento

  • Declaraciones personales y evidencia adicional de abuso, informes médicos o registros policiales

  • Un perdón de inadmisibilidad si es necesario (Formulario I-192)

Algunos familiares calificados, como cónyuges, hijos y padres (en casos que involucren víctimas menores de edad), pueden ser elegibles para solicitar como derivados.

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PREGUNTAS FRECUENTES

P1: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a obtener una Tarjeta Verde por familia o matrimonio?
Sí. Ya sea que esté casado con un ciudadano estadounidense, tenga un familiar que lo patrocine o necesite ajustar su estatus, manejamos casos de Tarjeta Verde por familia con cuidado y precisión.

P2: Estoy enfrentando una deportación, ¿puede U.S. Immigration Counsel defenderme?
Absolutamente. Luchamos contra casos de deportación y remoción en la corte de inmigración, construimos defensas sólidas y exploramos todas las opciones legales para proteger su derecho a permanecer en el país.

P3: Estoy solicitando asilo o una visa humanitaria. ¿Puede ayudarme?
Sí. Representamos a clientes en casos de asilo, VAWA, Visa U y TPS, brindando apoyo legal y emocional sólido durante todo el proceso.

P4: Quiero convertirme en ciudadano estadounidense. ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme con la naturalización?
Definitivamente. Guiamos a los clientes en cada paso del proceso de naturalización, desde la preparación de documentos hasta el entrenamiento para la entrevista.

P5: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudar con exenciones migratorias o apelaciones?
Sí. Si su caso fue negado o necesita una exención para avanzar, revisaremos sus opciones y prepararemos la solicitud o apelación más sólida posible.

P6: Soy un empleador que desea patrocinar a un trabajador extranjero. ¿Pueden ayudarme?
Sí. Asistimos a empresas e individuos con inmigración basada en empleo, incluyendo visas de trabajo y patrocinio de Tarjeta Verde.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a traer a un cónyuge, hijo o padre a los Estados Unidos?
Sí. La inmigración basada en la familia es una de nuestras principales fortalezas. Ya sea que su ser querido esté en los Estados Unidos o en el extranjero, lo guiaremos en cada paso para traerlo legal y seguramente a casa.

P: ¿Qué pasa si ya presenté algo por mi cuenta o con otro abogado?
No hay problema. Con frecuencia ayudamos a clientes que comenzaron en otro lugar o por su cuenta. Revisaremos todo y le diremos cuál es el siguiente paso más inteligente.

P: ¿Puedo presentar una petición familiar si no soy ciudadano estadounidense?
Dependiendo de su estatus actual, aún puede calificar. Durante su consulta, exploraremos todas sus opciones y determinaremos el mejor camino a seguir.

P: Recibí una notificación de la corte, ¿qué debo hacer?
Contáctenos de inmediato. El tiempo es crítico. Revisaremos su caso y actuaremos rápidamente para proteger sus derechos y construir la defensa más sólida posible.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel representarme si estoy en otro estado o detenido?
Sí. Representamos a clientes en todo Estados Unidos e incluso a quienes están actualmente bajo custodia de inmigración. Dondequiera que esté, estamos listos para ayudar.

P: ¿Qué pasa si ya perdí mi caso?
Todavía pueden existir opciones legales. Apelaciones, mociones o la reapertura de su caso podrían ser posibles; analizaremos todo y lo guiaremos sobre su próximo paso.

P: ¿Tengo que estar en Florida para trabajar con U.S. Immigration Counsel?
Para nada. La ley de inmigración es federal, lo que significa que podemos representarlo ya sea que esté en otro estado o en cualquier parte del mundo. Nuestros clientes provienen de todo Estados Unidos y más allá.

P: ¿Podemos hacer todo de forma remota?
Sí. Desde consultas virtuales hasta el intercambio seguro de documentos, nuestro despacho está completamente equipado para apoyarlo sin importar dónde se encuentre. Recibirá la misma atención y experiencia como si estuviera sentado en nuestra oficina.