Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)

VAWA permite que las personas no ciudadanas víctimas de abuso por parte de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal presenten una auto-petición para obtener estatus legal, ofreciendo protección, autorización de trabajo y un camino hacia la residencia permanente y eventualmente la ciudadanía.

Alivio Migratorio bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA)

La Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) brinda alivio migratorio a personas no ciudadanas que han sufrido abuso por parte de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR). Aunque el nombre hace referencia a mujeres, las protecciones de VAWA están disponibles para todos los géneros. La ley permite que las víctimas de violencia doméstica, agresión física o crueldad extrema soliciten estatus migratorio sin depender ni notificar a su abusador.

A través de un proceso conocido como auto-petición VAWA, las personas elegibles pueden obtener la residencia permanente legal y eventualmente solicitar la ciudadanía estadounidense. VAWA fue creada para ofrecer un camino seguro hacia la independencia y la seguridad para quienes se encuentran en relaciones abusivas.

¿Quién Califica para VAWA?

Puedes ser elegible para presentar una auto-petición VAWA si cumples con una de las siguientes condiciones:

  • Eres cónyuge o ex cónyuge de un ciudadano estadounidense o LPR y has sufrido abuso o crueldad extrema

  • Eres padre o madre de un ciudadano estadounidense y has sido víctima de abuso por parte de tu hijo

  • Eres hijo o hija de un ciudadano estadounidense o LPR y has sufrido abuso

  • Eres cónyuge de un ciudadano estadounidense o LPR cuyo hijo está siendo abusado, y no eres el padre biológico del niño

Los solicitantes deben demostrar que el abuso ocurrió durante la relación, que la relación (en caso de matrimonio) fue de buena fe y que poseen buen carácter moral.

Beneficios de la Auto-Petición VAWA

Quienes presentan una petición bajo VAWA pueden acceder a varios beneficios migratorios, incluyendo:

  • La posibilidad de solicitar la Green Card sin la participación del familiar abusivo

  • Elegibilidad para autorización de trabajo

  • Protección contra la deportación

  • Acceso a beneficios federales y estatales disponibles para ciertos inmigrantes

Una vez aprobado el Formulario I-360 (Petición para Amerasiático, Viudo/a o Inmigrante Especial), el solicitante puede proceder con el Formulario I-485 para ajustar estatus y obtener la residencia permanente.

Confidencialidad y Protección

El proceso VAWA está diseñado para ser confidencial. Las autoridades migratorias no notificarán al abusador sobre la petición, y los solicitantes están protegidos contra acciones migratorias de represalia basadas en el abuso sufrido.

Muchas personas elegibles retrasan su solicitud por miedo o desinformación. Sin embargo, VAWA ofrece una vía legal poderosa para liberarse del abuso, obtener protección migratoria y comenzar a construir una vida segura e independiente en EE.UU.

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PREGUNTAS FRECUENTES

P1: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a obtener una Tarjeta Verde por familia o matrimonio?
Sí. Ya sea que esté casado con un ciudadano estadounidense, tenga un familiar que lo patrocine o necesite ajustar su estatus, manejamos casos de Tarjeta Verde por familia con cuidado y precisión.

P2: Estoy enfrentando una deportación, ¿puede U.S. Immigration Counsel defenderme?
Absolutamente. Luchamos contra casos de deportación y remoción en la corte de inmigración, construimos defensas sólidas y exploramos todas las opciones legales para proteger su derecho a permanecer en el país.

P3: Estoy solicitando asilo o una visa humanitaria. ¿Puede ayudarme?
Sí. Representamos a clientes en casos de asilo, VAWA, Visa U y TPS, brindando apoyo legal y emocional sólido durante todo el proceso.

P4: Quiero convertirme en ciudadano estadounidense. ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme con la naturalización?
Definitivamente. Guiamos a los clientes en cada paso del proceso de naturalización, desde la preparación de documentos hasta el entrenamiento para la entrevista.

P5: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudar con exenciones migratorias o apelaciones?
Sí. Si su caso fue negado o necesita una exención para avanzar, revisaremos sus opciones y prepararemos la solicitud o apelación más sólida posible.

P6: Soy un empleador que desea patrocinar a un trabajador extranjero. ¿Pueden ayudarme?
Sí. Asistimos a empresas e individuos con inmigración basada en empleo, incluyendo visas de trabajo y patrocinio de Tarjeta Verde.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a traer a un cónyuge, hijo o padre a los Estados Unidos?
Sí. La inmigración basada en la familia es una de nuestras principales fortalezas. Ya sea que su ser querido esté en los Estados Unidos o en el extranjero, lo guiaremos en cada paso para traerlo legal y seguramente a casa.

P: ¿Qué pasa si ya presenté algo por mi cuenta o con otro abogado?
No hay problema. Con frecuencia ayudamos a clientes que comenzaron en otro lugar o por su cuenta. Revisaremos todo y le diremos cuál es el siguiente paso más inteligente.

P: ¿Puedo presentar una petición familiar si no soy ciudadano estadounidense?
Dependiendo de su estatus actual, aún puede calificar. Durante su consulta, exploraremos todas sus opciones y determinaremos el mejor camino a seguir.

P: Recibí una notificación de la corte, ¿qué debo hacer?
Contáctenos de inmediato. El tiempo es crítico. Revisaremos su caso y actuaremos rápidamente para proteger sus derechos y construir la defensa más sólida posible.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel representarme si estoy en otro estado o detenido?
Sí. Representamos a clientes en todo Estados Unidos e incluso a quienes están actualmente bajo custodia de inmigración. Dondequiera que esté, estamos listos para ayudar.

P: ¿Qué pasa si ya perdí mi caso?
Todavía pueden existir opciones legales. Apelaciones, mociones o la reapertura de su caso podrían ser posibles; analizaremos todo y lo guiaremos sobre su próximo paso.

P: ¿Tengo que estar en Florida para trabajar con U.S. Immigration Counsel?
Para nada. La ley de inmigración es federal, lo que significa que podemos representarlo ya sea que esté en otro estado o en cualquier parte del mundo. Nuestros clientes provienen de todo Estados Unidos y más allá.

P: ¿Podemos hacer todo de forma remota?
Sí. Desde consultas virtuales hasta el intercambio seguro de documentos, nuestro despacho está completamente equipado para apoyarlo sin importar dónde se encuentre. Recibirá la misma atención y experiencia como si estuviera sentado en nuestra oficina.