Ciudadanía Derivada

Algunos niños nacidos fuera de los Estados Unidos adquieren automáticamente la ciudadanía a través de sus padres; esto se conoce como ciudadanía derivada.

Ciudadanía Derivada

La ciudadanía derivada permite que los niños nacidos fuera de los EE. UU. adquieran la ciudadanía estadounidense a través de sus padres.

La ley estadounidense ofrece un camino hacia la ciudadanía para ciertos niños nacidos en el extranjero que cumplen con criterios de elegibilidad específicos. Este proceso, conocido como ciudadanía derivada, puede ocurrir al nacer o después del nacimiento, pero antes de que el niño cumpla 18 años. Las leyes que regulan la ciudadanía derivada son complejas y dependen de factores como la ciudadanía de los padres, su estatus legal y su presencia física en los Estados Unidos.

¿Quién Califica para la Ciudadanía Derivada?

Existen dos vías principales para obtener la ciudadanía derivada:

  • Al Nacer: Un niño puede adquirir automáticamente la ciudadanía estadounidense si al menos uno de los padres era ciudadano estadounidense en el momento del nacimiento y cumplía con los requisitos de presencia física en el país.

  • Después del Nacimiento (Antes de los 18 Años): Un niño puede derivar la ciudadanía después de nacer si se cumplen ciertas condiciones, incluyendo custodia legal y estatus de residente permanente en los EE. UU.

Requisitos Clave

Para demostrar elegibilidad para la ciudadanía derivada, generalmente se debe establecer lo siguiente:

  • Prueba de Relación Parental: Esto puede incluir certificado de nacimiento, decreto de adopción o incluso prueba de ADN si es necesario.

  • Prueba de Presencia Física del Padre Ciudadano: El padre debe presentar evidencia del tiempo pasado físicamente en los EE. UU., como registros escolares, historial laboral o documentos de impuestos.

  • Prueba del Estatus y Residencia del Niño: El niño debe ser residente permanente legal y haber vivido bajo la custodia legal y física del padre ciudadano estadounidense.

Cómo Solicitar la Ciudadanía Derivada

El proceso de solicitud incluye los siguientes pasos:

  1. Recolección de Documentos: Reunir todas las pruebas, incluyendo documentos de identidad del niño y prueba de la ciudadanía estadounidense y presencia física del padre.

  2. Presentación ante Autoridades de EE. UU.: Las solicitudes suelen presentarse ante una Embajada o Consulado de EE. UU. si se reside en el extranjero.

  3. Entrevista (si es requerida): Puede programarse una entrevista consular para revisar la elegibilidad del niño.

  4. Aprobación y Solicitud de Pasaporte: Si se aprueba, el niño es reconocido como ciudadano estadounidense y luego puede solicitar un pasaporte de EE. UU.

Beneficios de la Ciudadanía Derivada

La ciudadanía derivada ofrece todos los derechos y protecciones de ser ciudadano estadounidense:

  • Derecho a vivir, trabajar y estudiar en los EE. UU.

  • Acceso a atención médica, educación y servicios gubernamentales

  • Libertad para viajar con un pasaporte estadounidense

  • Capacidad de votar (al alcanzar la mayoría de edad) y participar en la vida cívica

  • Derechos de herencia y posibilidad de poseer propiedades o iniciar un negocio

Ya sea que estés iniciando el proceso o necesites ayuda para demostrar tu elegibilidad, nuestros abogados experimentados pueden guiarte en cada paso del camino.

¡Obtén $500 en ayuda legal por solo $250! ¡Contrata abogados!

PREGUNTAS FRECUENTES

P1: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a obtener una Tarjeta Verde por familia o matrimonio?
Sí. Ya sea que esté casado con un ciudadano estadounidense, tenga un familiar que lo patrocine o necesite ajustar su estatus, manejamos casos de Tarjeta Verde por familia con cuidado y precisión.

P2: Estoy enfrentando una deportación, ¿puede U.S. Immigration Counsel defenderme?
Absolutamente. Luchamos contra casos de deportación y remoción en la corte de inmigración, construimos defensas sólidas y exploramos todas las opciones legales para proteger su derecho a permanecer en el país.

P3: Estoy solicitando asilo o una visa humanitaria. ¿Puede ayudarme?
Sí. Representamos a clientes en casos de asilo, VAWA, Visa U y TPS, brindando apoyo legal y emocional sólido durante todo el proceso.

P4: Quiero convertirme en ciudadano estadounidense. ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme con la naturalización?
Definitivamente. Guiamos a los clientes en cada paso del proceso de naturalización, desde la preparación de documentos hasta el entrenamiento para la entrevista.

P5: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudar con exenciones migratorias o apelaciones?
Sí. Si su caso fue negado o necesita una exención para avanzar, revisaremos sus opciones y prepararemos la solicitud o apelación más sólida posible.

P6: Soy un empleador que desea patrocinar a un trabajador extranjero. ¿Pueden ayudarme?
Sí. Asistimos a empresas e individuos con inmigración basada en empleo, incluyendo visas de trabajo y patrocinio de Tarjeta Verde.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel ayudarme a traer a un cónyuge, hijo o padre a los Estados Unidos?
Sí. La inmigración basada en la familia es una de nuestras principales fortalezas. Ya sea que su ser querido esté en los Estados Unidos o en el extranjero, lo guiaremos en cada paso para traerlo legal y seguramente a casa.

P: ¿Qué pasa si ya presenté algo por mi cuenta o con otro abogado?
No hay problema. Con frecuencia ayudamos a clientes que comenzaron en otro lugar o por su cuenta. Revisaremos todo y le diremos cuál es el siguiente paso más inteligente.

P: ¿Puedo presentar una petición familiar si no soy ciudadano estadounidense?
Dependiendo de su estatus actual, aún puede calificar. Durante su consulta, exploraremos todas sus opciones y determinaremos el mejor camino a seguir.

P: Recibí una notificación de la corte, ¿qué debo hacer?
Contáctenos de inmediato. El tiempo es crítico. Revisaremos su caso y actuaremos rápidamente para proteger sus derechos y construir la defensa más sólida posible.

P: ¿Puede U.S. Immigration Counsel representarme si estoy en otro estado o detenido?
Sí. Representamos a clientes en todo Estados Unidos e incluso a quienes están actualmente bajo custodia de inmigración. Dondequiera que esté, estamos listos para ayudar.

P: ¿Qué pasa si ya perdí mi caso?
Todavía pueden existir opciones legales. Apelaciones, mociones o la reapertura de su caso podrían ser posibles; analizaremos todo y lo guiaremos sobre su próximo paso.

P: ¿Tengo que estar en Florida para trabajar con U.S. Immigration Counsel?
Para nada. La ley de inmigración es federal, lo que significa que podemos representarlo ya sea que esté en otro estado o en cualquier parte del mundo. Nuestros clientes provienen de todo Estados Unidos y más allá.

P: ¿Podemos hacer todo de forma remota?
Sí. Desde consultas virtuales hasta el intercambio seguro de documentos, nuestro despacho está completamente equipado para apoyarlo sin importar dónde se encuentre. Recibirá la misma atención y experiencia como si estuviera sentado en nuestra oficina.